SANCIONES Y SUSPENSIONES

Reglamento Biblioteca FACIMED, 
aprobado por resolución Nº 0184 del 6 de Diciembre de 2011.

Articulo 10: Regimen de Sanciones.

a) Prestamos a domicilio:

En caso de NO devolverse las obras en el plazo estipulado, las sanciones serán las siguientes:

1 dia de atraso = 2 dias de suspensión.
2 dias de atraso = 4 dias de suspensión y asi sucesivamente.

Suspensiones: las suspensiones (por dias de atraso) son acumulativas por lo tanto, al incurrir en la 3ª suspensión se retendrá el carnet por un (1) cuatrimestre.

g) Una obra perdida sólo será repuesta por otra igual o semejante (NO FOTOCOPIA). 
Mientras no se concrete la reposición, el usuario esta incurriendo en mora y se suspenderán sus derechos al préstamo (domiciliario).

Tengan presente lo antes mencionado para no sumar suspensiones y quedar inhabilitados/as para retirar libros a domicilio.